El Vizcondado de Verbobonc, por mediación de sus vasallos Burne el Brujo y Rufus el Mirmidón, se compromete a
- Financiar económicamente en la medida que crea conveniente el Vizcondado a la compañía aventurera Los Errantes.
- A entregar todo objeto de valor o tesoro obtenido en cualquier empresa de tipo aventurera, percibiendo la mitad de su valor de tasación en metálico una vez puesto el botín a recaudo del Vizcondado.
- A embarcarse en las empresas que el Vizcondado crea pertinentes con los plazos y objetivos que el Vizcondado estipule.
- A no extingir este contrato, no abandonar la compañía ni disolverla so pena de un pago total al Vizcondado de diez (10) veces la cantidad total invertida por el Vizcondado, desde la firma de este contrato, menos los beneficios que este haya obtenido de la compañía.
La parte contratante, es decir el Vizcondado, puede exigir a la parte contratada, la compañía aventurera Los Errantes, la extinción del contrato, teniendo derecho el contratante a percibir hasta diez (10) veces la cantidad total invertida en el contratado menos los beneficios que haya obtenido de éste. Tal extinción se deberá hacer con un preaviso de tres (3) meses. En caso de demorarse en el pago, se aplicará un interés de un mínimo de 1% y un máximo de 5% por semana, hasta un máximo de 13 semanas, momento en el cual se considerará que la parte contratada ha incumplido este contrato.
Juran cumplir este contrato, mediante juramento por la sangre y por los dioses
- El contratante
[ RUFUS EL MIRMIDON Y BURNE EL BRUJO, EN REPRESENTACION DEL VIZCONDADO DE VERBOBONC] - El contratado
[ LA COMPAÑIA AVENTURERA LOS ERRANTES, REPRESENTADA POR (firma de cada miembro)]
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